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A
parte de las negligencias médicas, y los accidentes
de circulación, que son los mayoritarios, los casos
que pueden dar lugar a una indemnización son múltiples:
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Los
daños derivados de la edificación |
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Los
accidentes laborales |
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Los
ataques de animales |
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Los
daños que tienen su origen en un producto o servicio
defectuoso |
Estos
son algunos de los supuestos típicos que usted no tiene
la obligación de soportar, y que, por tanto, tiene
derecho a ser indemnizado. Pero no sólo los
particulares, las empresas y, sobre todo, las compañías
aseguradoras tienen que hacer frente a estas indemnizaciones.
También la Administración Pública
tiene la obligación de pagar en los supuestos de responsabilidad
patrimonial de la misma. Así, el simple hecho de caerse
por la calle, si no está en buen estado, es un excelente
ejemplo de lo que estamos indicando, debiendo, en este caso,
el propio Ayuntamiento indemnizar a la víctima por
los daños y perjuicios causados.
De
todos modos, si usted, su familia o su patrimonio han sufrido
un daño, aunque sea por cualquier otra circunstancia
no descrita en esta página web, no dude en ponerse
en contacto con nosotros, y le asesoraremos gratuitamente.
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